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Dorka Motor

Las hojas de reclamaciones en el taller mecánico

Todo taller está obligado a tener hojas de reclamaciones y a anunciarlo. El impreso no es igual en todas partes: cada comunidad autónoma tiene su modelo.

Revisado el

Qué obliga

El taller tiene que tener hojas de reclamaciones a disposición de sus clientes y un cartel visible que lo anuncie. El RD 1457/1986 las recoge, y hoy las regula sobre todo la normativa de consumo de cada comunidad autónoma, que fija el modelo oficial y cómo se tramitan.

El modelo es el de tu comunidad

El impreso válido es el que publica la administración de consumo de la comunidad donde está el taller. Se consigue en su web o en sus oficinas, y en muchas comunidades también existe en formato electrónico. Tener el modelo de otra comunidad, o uno hecho a mano, no cumple.

Qué pasa cuando un cliente la pide

  • Se le entrega en el momento, sin condiciones.
  • El cliente escribe su queja y el taller puede anotar su versión en el espacio previsto.
  • Cada parte se queda con su copia, y el cliente presenta la suya ante la administración de consumo.

Lo que decide cómo acaba una reclamación casi nunca es la hoja: son los papeles de antes. Con qué kilómetros entró el coche, qué se aceptó, qué se cambió y qué garantía se dio. Por eso lo que más protege al taller es tener esos documentos firmados y localizables.

Esta página es un resumen divulgativo, no asesoramiento jurídico. Lo que manda es el texto de la norma y lo que haya añadido tu comunidad autónoma.

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